D E C I S I Ó N
En mérito de lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, presentado por el ciudadano JUAN GONCALVES SEQUERA, venezolano, estado civil casado, mayor de edad y titular de la cedula de identidad número V-5.450.322, debidamente asistido por la abogada GINE MARIA DE MUSSO RIOS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 78.840, signada con el número N.º 1291, folio 254, Tomo I, del año 1957, inserta en los Libros de Matrimonio llevados por ante el Registro Civil del Municipio Bolivariano de Guaicaipuro, Los Teques del Estado Miranda. En consecuencia, queda RECTIFICADA de la siguiente forma: PRIMERO: DONDE SE LEE: "...me ha sido presentado ante este Des.....