DE LA EXHIBICIÒN DE DOCUMENTOS
Con respecto a la solicitud de exhibición a la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE MARACAY, ESTADO ARAGUA, de los libros de Solicitud de correspondencia, diligencias o consignaciones, correspondiente al año 2012, por cuanto dicho documento corresponde a un control interno de dicha institución, aunado a que los hechos que la accionante trata de demostrar puede ser traídos al proceso mediante otros medios probatorios, es por lo que este Tribunal de acuerdo con lo establecido en el articulo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que faculta a el Juez debe desechar las pruebas que aparezcan manifiestamente ilegales o impertinentes, INADMITE, dicha prueba. Así se establece.-