DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones que anteceden, este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento, hecho por Carmen Olivo y Julio Bermúdez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.22.182 y 34.221 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora ciudadana YASMIRA MARGARITA DELGADO TOVAR, cédula de identidad No. V-7.251.603 contra la entidad de trabajo SERVICIOS Y ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL C.A. SEGUNDO: Se le otorga el carácter de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: El presente asunto continúa su curso contra la entidad de trabajo TUPPERWARE (DART DE VENEZUELA C.A.). Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Ter.....