Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 31 de octubre de 2014, por el abogado TEMÍSTOCLES ROCCA, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha 16 de septiembre de 2014, proferida por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Se MODIFICA la decisión recurrida, sólo en lo que respecta a la reconvención. En consecuencia:
PRIMERO: Se resuelve el contrato de opción de compra venta suscrita por ambas partes a.....