V. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, éste Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con Lugar, la Recusación planteada por el ciudadano Jan Iwanwoski Szenozak, titular de la cédula de identidad Nº V-11.981.344, debidamente asistido por el Abogado José Juan Seijas Nieves, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 139.364, contra el DR. EULOGIO PAREDES TARAZONA, Juez Provisorio de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, en el juicio de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales, tramitado en el Expediente N° 95-810, nomenclatura interna del Juzgado ut supra identificado. En consecuencia, debe desprenderse de la causa y se ordena remitir las actuaciones.....