este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por INDEMNIZACION POR ACCIDENTE LABORAL, intentara la Ciudadana LENNY BEATRIZ GAMBOA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.692.691 contra sociedad mercantil CLINICA LUGO, C.A, y en consecuencia se le condena a pagar la cantidad de DOSCIENTOS DOCE MIL CIENTO CUARENTA Y UNO BOLÍVARES CON VEINTE CÉNTIMOS (Bs. 212.141,20) por los conceptos establecidos en la parte motiva de la presente decisión. SEGUNDO: Por la naturaleza de la presente decisión, no se condena en costas a la demandada.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la Decisión. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Tr.....