En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR" la solicitud de divorcio por Mutuo Consentimiento interpuesta por los ciudadanos: JAVIER EMIRO ZAMBRANO QUEVEDO y CARLA ANDREINA ZAMORA POLANCO, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 9.213.095 y V-26.340.202 respetivamente. En consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 30 de septiembre de 2021, por ante el Registro Civil de la Parroquia El Limón, Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, según consta en Acta de Matrimonio Nº 410, Tomo B, Folio 160, del año 2021, inserta en éstas actuaciones.
Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo.....