Por los fundamentos antes expuestos esta Corte de Apelaciones con competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: Se declara Competente para conocer del presente recurso de Apelación, interpuesto por la abogada Gisela María Bogado Bravo, inscrita ante el Inpreabogado bajo el número 142.232, en contra de la Sentencia Condenatoria dictada por el Tribunal Segundo (2°) de Primera (1ª) Instancia en función de Juicio del circuito judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer de la circunscripción judicial del estado Aragua, en fecha 13 de febrero de 2025 y su publicación posterior in extenso, de fecha 25 de febrero de 2025.
Segundo: Declara Sin Lugar por infundado el recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Gisela María Bogado Bravo, inscrita ante el instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el número 142.232, en contr.....