Por las razones que fueron expuestas, este JUZGADO SUPERIOR CIVIL, (BIENES) CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CENTRAL, ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara:
Primero: Impartirle homologación al desistimiento efectuado por la abogado NAIDA ZAPATA DORTA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 18.979, en su carácter de apoderada judicial de la Empresa VENEGIROS CASA DE CAMBIO C.A., Inscrita ante el Registro Mercantil II, de la circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 30 de Abril de 1991, bajo el N° 23,Tomo 50-A-sgdo, por ante este Juzgado Superior Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo del Estado Aragua-Maracay.
Segundo: Se ordena el archivo y cierre definitivo de las actuaciones, así como su posterior remisión al Archivo Judicial.