En cuanto a la ratificación de las documentales contenidas en los folios (101 al 106 y 107 al 111), se fija el décimo octavo (18vo) día de despacho siguiente al de hoy, el acto para que los ciudadanos Kleiber Ramirez y Manuel Fernández, comparezca ante esta Instancia Agraria a las 9:00 a.m. y 9:40 a.m., respectivamente, a ratificar el contenido y firma de las documental promovidas por la parte demandada antes citadas, estando a cargo del promovente su presentación.
Asimismo, se acuerda aperturar un lapso de evacuación de pruebas de treinta (30) días continuos, contados a partir del día siguiente a la presente fecha, todo conforme a lo establecido en el articulo 221 De la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Líbrese oficio.
El Juez,
LEONARDO JIMÉNEZ MALDONADO.
La secretaria,
DANIELA VALLES RODRÍGUEZ
Exp. Nº 2.012-0027.
LJM/dvr/nag.-