D E C I S I Ó N
Por las razones y motivos aquí expresados este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana IRAIMA COROMOTO MARQUEZ contra la Empresa LIBRERÍA Y PAPELERIA UTIL ESCRITY, C.A. ambos debidamente identificados, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES. ASI SE DECIDE.- SEGUNDO: Se condena a la demandada a cancelar a la actora IRAIMA COROMOTO MÁRQUEZ la cantidad que arroje la experticia complementaria que mas delante se ordena, por los conceptos señalados en la motiva del fallo