Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Juicio del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano: JOSE GREGORIO GONZALEZ, venezolano, Natural del Estado Monagas, donde nació en fecha 08-09-1993 de 20 años de edad, hijo de Yajaira Gonzalez (v) y Jesús Rojas (v), de Profesión u Oficio Chofer, titular de la cedula de identidad Nº V-24.503.842, domiciliado en la Invasión de la Puente Calle ancha, casa s/n Maturín Estado Monagas, de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano KINANA NADIN RACHIS y en consecuencia declara la LIBERTAD PLENA del mismo.-
SEGUNDO: Dada la presente sentencia, SE ORDENA el cese de la Medida Privativa de Libertad que pesa sobre el acusado.
No se condena en costas a.....