Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara de conformidad con lo previsto en el artículo 149 de la ley Orgánica de Registro Civil, PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Rectificación del ACTA DE NACIMIENTO, solicitada por la ciudadana CARMELA BINETTYS PUGLIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.810.763, debidamente asistido por la Abogada ANABELL FERRERIO SABORIDO Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº55.087, SEGUNDO: Se ordena AL REGISTRO CIVIL del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua hacer la corrección del acta de NACIMIENTO inserta bajo el Acta Número 1440, Tomo 2, Año 1964. TERCERO: Líbrense oficios respectivos