Este Tribunal SUSTITUYE la Medida de Prisión Preventiva al joven IDENTIDAD OMITIDA, que venía cumpliendo por la establecida en el articulo 582 Literal "A" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, como es Detención Domiciliaria, que deberá cumplir en su residencia ubicada Calle Nº 7, casa n° 8, Sector Antonio José de Sucre, cerca del Modulo Policial, Maturín Estado Monagas.