Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES (PROCEDIMIENTO ORDINARIO) incoara BANCO EXTERIOR C.A., BANCO UNIVERSAL, contra la sociedad mercantil DISTIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA LEMACHA, C.A. y el ciudadano MANUEL CHAVEZ VINCES, ampliamente identificados al inicio, DECLARA: Se DECRETA EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de DOS MILLONES CIENTO SESENTA Y OCHO MIL CIENTO TRES BOLÍVARES CON DIECISIETE CÉNTIMOS (Bs. 2.168.103,17), que comprende el doble de la suma demandada en pago, más las Costas Procesales prudencialmente calculadas por este Juzgado en un quince por ciento (15%) del monto adeudado, que asciende a la cantidad .....