Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en Maracay, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la pretensión de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO EN CONTENIDO Y FIRMA incoada por el ciudadano: EMILIO ANTONIO TELLERIA CORTEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-7.234.917, asistido por el abogado: GUILLERMO ANTONIO LINARES, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 230.857, y los (as) ciudadanos (as): JOSE LUIS MARQUEZ HERNANDEZ y EDIHT ZULAY MENDEZ DE MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-7.198.849 y 7.206.777, respectivamente, asistidos en este acto por el abogado: FREDDY HURTADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.706.
SEGUNDO: RECONOCIDO el Conteni.....