razón por la cual, este Tribunal se declara incompetente para conocer del presente juicio y declina la competencia en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA. Remítase el Tribunal distribuidor, a quien se ordena remitir el expediente.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA, en Maracay, a los trece (13) días del mes de Febrero de dos mil nueve (2009). Años: 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
El Juez Temporal,
Abog, Ricardo Sperandío Zamora,
La Secretaria,
Abog. Nohelia Ramírez,
RSZ/Nr/mzp.-
Exp. 9847-2009.-