En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte recurrente MANUFACTURAS DE PAPEL C.A (MANPA) a través de su apoderado judicial, Abogado IVAN RIVERO SOSA, Inpreabogado No.94.178 contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, de fecha 31 de Octubre de 2011, que declaró improcedente la medida cautelar solicitada de suspensión de los efectos de la Providencia administrativa Nº 00251-11, dictada en fecha 02/09/2011, por el ciudadano Héctor Rios Calderon, en su carácter de Inspector del Trabajo Jefe en los Municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastian, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua, con sede en la ciudad de .....