Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PRESCRITA la acción interpuesta por la ciudadana YRIS MERENTES GONZALEZ, en contra de la COMPAÑÍA ANÓNIMA HODROLOGICA DEL CENTRO (HIDROCENTO), ambas partes plenamente identificadas en autos.