Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD interpuesto por el ciudadano JOSÉ GREGORIO PLAZA MOGOLLÓN, titular de la cédula de identidad Nº V-5.265.229, en contra de la Providencia Administrativa Nº 00418-17, dictada en fecha 23 de octubre de 2017, en el expediente Nº 043-2017-01-03989, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Atanasio Girardot, Mario Briceño Iragorry, Santiago Mariño, Francisco Linares Alcántara, Costa de Oro y Libertador del estado Aragua, en la que se declaró sin lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos intentada por el precitado ciudadano en contra de la entidad de trabajo Q` CARNES, C.A. SEGUNDO: Queda firme el acto administrativo contenido en la ya mencionada .....