IV. DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Primero Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el amparo constitucional interpuesto por la abogada Erlinda Zambrano, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 154.051, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil "INMOBILIARIA MAYFRAN, C.A.", inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 22 de junio de 1.992, bajo el No. 2, Tomo 140-A-Sgdo, contra el decreto de medida dictado en fecha 20 de diciembre de 2024, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en el expediente contentivo de amparo constitucional interpuesto por el ciudadano José Gregori.....