Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, procede a dictar la decisión de la siguiente forma: Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA, incoada por el ciudadano RAFAEL SULVARAN FERNANDO AMADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.900.726, contra la entidad MARVIN DE RODRÍGUEZ BETERMI, titular de la Cédula de Identidad N° V- 2.640.140, demandada como PERSONA NATURAL. Publíquese y Regístrese la presente Decisión en esta misma fecha.