Por todos los razonamientos de hecho y derecho antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, SANTA BARBARA Y AGUASAY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 772 y 774 del Código de Procedimiento Civil y artículo 153 de la Ley Orgánica de Registro Civil, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por el ciudadano ANGEL SALVADOR VIRZI GUAIMARE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.341.891, de este domicilio, representado por la Abogada YENIREE ROSAS FIGUEREDO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-20.312.906, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 241.469, teléfono: 0424-9471358, correo electrónico: yeni_rosas33@gmail.com y con Domicilio Procesa.....