Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos Universales Herederos, de la difunta ELISA MORALES MORALES, quien era Venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.510.953 al ciudadano OSCAR MONTEZUMA PAEZ, Venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-2.111.102. Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto, para el archivo en éste Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.