En consecuencia:
.III.
Por lo antes expuesto y del análisis de lo probado en la presente solicitud, este Tribunal del Municipio Autónomo de San Casimiro del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Única y Universal Heredera del de cujus TEODORO ALFREDO DÍAZ DELGADO, quien falleciera en fecha 25 de febrero de 2012, según consta del acta de defunción expedida por el Registro Civil del Municipio Autónomo San Casimiro, estado Aragua, a la ciudadana NEREYDA ROSARIO DÍAZ GOVEIA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.074.278, venezolana, mayor de edad, con domicilio en el casco Central, Callejón Ricaurte Nro. 16-6, Casa S/N, San Casimiro, estado Aragua, todo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Vigente. Se dejan a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el presente decreto.