III
DECISION
Por la motivación que antecede, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por divorcio abandono voluntario, incoada por la ciudadana: BEATRIZ ALEXANDRA GUZMAN RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.566.278, representada por su apoderada IRIS EDELMIRA ROMERO, abogada en ejercicio y de este domicilio inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 85.805, en contra del ciudadano: PEDRO JESUS CHOURIO TOMEY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.489.193, representado por la defensa ad-litem Abg. MARIA SOLEDAD PEREIRA, en ejercicio y de este domicilio inscrita en el Inpr.....