Por todo lo anteriormente señalado, este Juzgado Décimo de Juicio Itinerante del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda NEGAR LA SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano SANDRA CHAVEZ, titular de la cédula de identidad N° V-15.739.030, realizada por la defensa ABG. BETSY PASTORA DURAN. Notifíquese a las partes. Cúmplase.