en consecuencia, este Tribunal Superior, declara DESISTIDO el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto conjuntamente con Solicitud de Amparo Constitucional, por el Ciudadano: José Arley Viña, debidamente asistido de Abogada, contra el Acto Administrativo de Efectos Particulares contenido en la Resolución AMM-102-2003, de fecha 30 de mayo de 2003, emanado de la Alcaldía del Municipio Autónomo Francisco de Miranda del Estado Guárico; conforme a lo ordenado en el referido auto. Se ordena agregar a los autos formando folios útiles, el cartel de citación, así como los Oficios signados con los Nros. 793-08, 794-08 y 795-08, respectivamente, de igual manera, se revoca la Medida de Amparo Constitucional acordada mediante auto de fecha 05 de diciembre de 2003, ordenándose Archivar el Expediente en su oportunidad. Notifíquese a la Parte Recurrente y Recurrida de la presente Decisión.
EL JUEZ SUPERIOR PROVISORIO,
DR. DOMINGO EFREN ZERPA NARANJO.
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