Seguidamente, este Juzgado Ejecutor de Medidas del municipio Zamora con sede en San Francisco de Asís de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LEGALMENTE ENTREGADO a la Doctora: KAREN GIOLEMAR NUNEZ VINCI, antes plenamente identificada, en su carácter de Apoderada de la Parte Actora; el bien inmueble en el cual se encuentra constituido el Tribunal en estos momentos, el cual como ya antes se dijo, consiste en una (1) casa para habitación familiar, ubicada en el Sector Carrizalito, calle Principal, Vereda 28, Casa Nro. 03, de la Ciudad de Villa de Cura, Municipio Autónomo Ezequiel Zamora del Estado Aragua; libre de personas y cosas. En este estado la Parte Actora presente en este acto, solicita nuevamente el derecho de palabra y el Tribunal concediéndoselo expone: "Recibo conforme, libre de personas y cosas, el inmueble que me hace entrega en este acto el presente Juzgado.