DECISIÓN
Por las razones y motivos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, sede Maracay, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley (actuando en sede Constitucional) SE DECLARA INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer y decidir la presente acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos J C, en su condición de Presidente; M P, en su condición de Secretario General; A H, en su Condición de Secretaria de Organización; A R, en su condición de Secretario de Finanzas; R G en su condición de Secretario de Actas y Correspondencias; L M, en su condición de Secretaria de Deporte; E C, en su condición de Secretario de Vigilancia y Disciplina; J C, en su condición de Secretario de Cultura y Propaganda; C B, en su condición de Secretario de Higiene y Salud, E B, en su condición de Primer Vocal y L B, en su condición de .....