Por los fundamentos anteriormente expuestos anteriormente, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO, efectuado en fecha 07 de Agosto del año 2.023, por las ciudadanas BETTY NANCY ROLDAN OSPINA y ODRA WILNAY HERNANDEZ ROLDAN