En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, y del análisis de todas las actas que conforman el presente expediente, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la presente solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento Matrimonio y de Defunción, interpuesta por el ciudadano JUAN CARLOS NOGUERAQUINTANA, Casado, titular de la cédula de identidadNº V-13.812.660, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº86.525,enconsecuencia, queda rectificadas las acta de Matrimonio, Actas de defunción y acta de nacimientos.
SEGUNDO:Se ORDENA, inscribir esta decisión en el Libro de Registro Civil de Acta de Nacimientos, llevado por el Registro civil Villa de Cura, municipio Zamora, del Estado Aragua, 1- ACTA DE MATRIMONIO Nro.22, .....