V
DISPOSITIVO
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Juan Zamora Mendez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 10.032, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 18 de abril de 2011. En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia apelada en toda y cada una de sus partes declarando:
PRIMERO: CON LUGAR el alegato de la parte demandada, sociedad mercantil TRANSEGUROS, C.A., DE SEGUROS, relativo a su FALTA DE CUALIDAD E INTERES para sostener el presente juicio.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLIVARES incoara la sociedad mercantil CENTRO MEDICO ORINOCO C.A., (CEMOR), e.....