RESOLUCIÓN N° PJ007-2014-000102. Se CONDENA al ciudadano ROBERT ANTONIO CADENA ESCORCIA, de nacionalidad venezolana, donde nació en fecha 25-04-1.980, de 34 años de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, de estado civil soltero, de profesión Obrero, titular de la cédula de identidad Nº 14.444.951 y domiciliado en el sector Simón Bolívar, calle chile, casa S/N a una cuadra de la bloquería comunal, Punta de Mata, Estado Monagas e hijo de María Victoria (V) y Eleazar Cadenas (V), a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias contempladas en el artículo 16 del Código Penal, al ser encontrados por este Tribunal como autores culpables y responsables en la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452, Numeral 4° del Código Penal, cometido en perjuicio de la FERRETERÍA LA CASA DEL SOLDADOR y virtud del procedimiento especial de admisión de los hechos.