D E C I S I Ó N
En mérito de lo precedentemente expuesto, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana: ROSANA GABRIELA CAPODICASA GROSSO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.739.592, debidamente asistida por el abogado en ejercicio Alirio Morillo Martínez, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 35.988, signada con el Nº 312, Folio 155, de fecha 11 de Octubre de 1967, inserta en los libros de nacimientos llevados por ante el Registro Civil de San Mateo, Municipio Bolívar del estado Aragua, al transcribir los nombres de sus padres de forma incorrecta de la siguiente manera: PRIMERO: DONDE SE LEE: "... Julia Grosso de Capodicasa...." DEBE LEERSE: "...Giuliana Grosso De .....