Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos: CESAR AUGUSTO ZARATE VEGA y DENISE ANGÉLICA GUERRA DOMÍNGUEZ, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-21.466.853 y V-12.570.471, respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día diecinueve (19) de Enero del año dos mil dieciocho (2018), por ante el Registro Civil del Municipio Jose Felix Ribas del Estado Aragua, según evidencia de copia certificada del acta de Matrimonio del Acta asentada en los libros de Matrimonios llevados por ese Despacho bajo el N° 123, Tomo I, Año; 2018, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, concatenad.....