En fuerza de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN LA VICTORIA ESTADO ARAGUA, en la presente Transacción Judicial, interpuesto por los Abogados GABRIEL ACOSTA, inscrito en el Inpreabogado N° 224.182, en su carácter de Apoderado Judicial de la INDUSTRIA JABOOM C.A., parte demandada y el Abogado JOSÉ GREGORIO ARMAS IBÁÑEZ y LUIS DANIEL ROSALES LÓPEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 198.570 y 191.502, respectivamente, Apoderados Judiciales del ciudadano FERNANDO FLOREZ VALENCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.988.548, y por los razonamientos antes expuestos, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN celebrada entre las partes, pasada en autoridad de cosa juzga.....