/ Se publicó y consignó resolución declarándose: 1.- CON LUGAR la defensa de prescripción opuesta por la accionada en su escrito de promoción de pruebas; 2.- SIN LUGAR las demandas incoadas por los ciudadanos Adolfo I. Arratia A., José R. Salazar, Macario Sandoval, Pablo J. Matos, Carlos E. Yánez, Servio T. Flores, Carlos R. Matos, Luis D. Díaz, José A. Magallanes R., William Álvarez U., José L. Guerrero S., Amilcar J. Rada, Francisco J. Dasilva, Jaro Rodrigo Muchacho, Plinio A. Boscan, Yoao E. Carrero, Andrés Hernández y Prebistero Ramón Gómez contra la sociedad mercantil denominada "Cemex Venezuela, s.a.c.a.", ambas partes identificadas en los autos. No se condena en costas a los demandantes por cuanto adujeron devengar un salario que no excede los tres (3) mínimos mensuales.