2.1.- EXTINGUIDA POR PRESCRIPCIÓN LA OBLIGACIÓN contraída por la parte demandante con la parte demandada en los términos convenidos.
2.2.- EXTINGUIDA LA HIPOTECA CONVENCIONAL DE SEGUNDO GRADO, constituida a favor de la parte demandada, INVERSORA ALTO PINAR S.A., sociedad mercantil de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda el 17 de Julio de 1.974, bajo el Nº 78, Tomo 95-A, a través de documento de compraventa inscrito en la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Departamento Libertador del Distrito Federal, hoy Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital el 20 de Diciembre de 1.976, bajo el N° 29, folio 159, Tomo 15; sobre el apartamento distinguido con el Nº 6-C, ubicado en la sexta planta del ala Oeste del edificio Residencias Alto Pinar, ubicado en la Calle Alto Pinar de la Urbanización El Paraíso de la Parroquia San Juan del entonces Departamento Libertador del Distrito.....