Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, sede La Victoria, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda de OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por el ciudadano GILEXY CLEMENTE HERNÁNDEZ GALÍNDEZ, titular de la cédula de identidad Nro.V- 13.733.186, en contra de la ciudadana YASENIA ANDREINA FERRAY RIVAS, titular de la cédula de identidad Nro.V-16.346.895, en beneficio de la niña XXXXXXXX, de Seis (06) meses de edad. En consecuencia:
PRIMERO: FIJA como cuota de Obligación de Manutención mensual para la niña de XXXXXXXXXX, la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs.30.000,oo), que el ciudadano GILEXY CLEMENTE HERNÁNDEZ GALÍNDEZ, antes identificado, deberá depositar los primeros cinco (05) días de cada mes en .....