éste Tribunal Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los Ciudadanos: ARGEN HAYDEE ORTIZ y VENANCIO DE JESUS LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cédula de identidad Nros. V-3.864.395 y V-5.621.592 respectivamente, y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la PREFECTURA DEL MUNICIPIO GIRARDOT, MARACAY, ESTADO ARAGUA, según acta de matrimonio N° 1339, tomo 8, de fecha 03 de noviembre de 1988, conforme se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio que corre inserta al Folio (4 y Vto.) del expediente.
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia del presente fallo.-
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Juzg.....