Declara SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana EVA K LA TORRE YSTURIZ, Defensora Pública Cuadragésima Séptima (47º) Penal (E) del Área Metropolitana de Caracas, Defensora del ciudadano JERRY JOSE NOGUERA GASTELO, en contra de la decisión dictada en fecha 03 de Julio de 2009, por el Tribunal Cuadragésimo Sexto (46º) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 250, ordinales 1°, 2° y 3°, artículo 251, ordinales 2° y 3° y parágrafo primero, ambos del Código Orgánico Procesal PenaI, y en consecuencia se CONFIRMA la decisión recurrida.