Mediante decisión se declaró CON LUGAR la solicitud de sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad incoada la Defensa del acusado ciudadano EDUARDO ANTONIO LOPEZ y se le RESTITUYE la Medica Cautelar Sustitutiva de Libertad impuesta por el Juez de Control en fecha 11 de Julio de 2006, como consecuencia deberán ser impuestos de las obligaciones contenidas en el artículo 246 ejusdem. Se deja sin efecto los oficios librados en ocasión a la Orden de Aprehensión. Hágase lo conducente.-