DISPOSITIVO
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO:Se NIEGA POR SER EXTEMPORANEO el Recurso de Hecho interpuesto en fecha Cinco (05) de Agosto de 2021, por el ciudadano EDUARDO AMADOR BULOZ MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.250.662, asistido por el profesional del Derecho ciudadano ROMULO ANTONIO PRADO ACOSTA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.292.006 Abogado en ejercicio, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 174.845, y de este domicilio, mediante el cual el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, negó la admisión de la apelación in.....