En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara "CON LUGAR" solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos: LEO MANUEL DA SILVA ARIAS y JESSICA ALEJANDRA PARADA ZAMBRANO venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 16.207.507 y V-19.977.391 respectivamente. En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído Matrimonio Civil, por ante la Oficina del Registro Civil del Municipio San Sebastián de los Reyes del Estado Aragua, según se evidencia en acta de matrimonio inserta bajo el Nº 08, Tomo II, del año 2005, de los libros de Matrimonio Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del.....