Por las razones anteriormente expuesta, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en la Ciudad de La Victoria, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185, del Código Civil Venezolano, en concordancia con la interpretación vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la sentencia N° 1070 de fecha 09 de diciembre del año 2016, presentado por el Abogado GERMAN RAFAEL FLEITAS FREITES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 144.638, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano VÍCTOR ALFONSO PÉREZ ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.345.667, como consta en Poder debidamente autenticado ante la Notaría Pública de La Victoria en fecha 04 de enero de 2024, bajo el Nº 13.....