Este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE, la aclaratoria solicitada por la abogada Yosmely María José Cadenas Terán, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 208.446, apoderada judicial de la parte actora, de la decisión emitida por este juzgado en fecha 06 de agosto de 2025. Así se establece. -
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay a los 13 días del mes de agosto del 2025. Años: 215º de la Independencia y 166º de la Federación.