D E C I S I Ó N
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, sede Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, en contra la sentencia definitiva dictada en fecha 22 mayo de 2025, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, sede Maracay, en consecuencia, SE MODIFICA la anterior decisión. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano CJTJ, titular de la cédula de identidad Nº V-128, en contra de la sociedad mercantil CORPOCAUCHO VENE PARRA, C.A., en consecuencia, SE CONDENA a la accionada, a pagar al demandante los conceptos y cantidades determinados en la motiva del presente fallo. TERCERO: Al no haber vencimiento total, no ha lugar a la condenatoria.....