Visto el escrito de solicitud de SELLADO DE LIBROS presentado en fecha 11 de agosto de 2010, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) de este Circuito Judicial suscrito por el abogado Ángel Vásquez Márquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 85.026, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad civil De Grazia & Asociados, abogados Consultores, S.C., este Tribunal, luego de una revisión efectuada a los libros que acompañan al escrito in comento, pudo apreciar que todos y cada uno de los mismos se encuentran en total estado de desorden en el sentido de que la numeración de las páginas no se encuentra correlativa y las hojas continuas que lo integran no tienen la separación respectiva, lo que impide el correcto sellado y foliado los libros, motivo por el este Juzgado niega la admisión de la presente solicitud, Y ASI SE DECIDE..
LA JUEZ,
Abg. FLOR DE MARÍA BRICEÑO BAYONA.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,
IDALINA PATRICIA GONCALVES.-
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