1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial incoado por el ciudadano Juan Gilberto Trujillo Vera, debidamente representado por la abogada Leonora Carolina Trujillo Vera, contra la CORPORACION DE LA SALUD DEL ESTADO ARAGUA (CORPOSALUD-ARAGUA).
2.- Por cuanto la presente decisión se dicta dentro del lapso de Ley, resulta inoficioso practicar la notificación de las partes. Así mismo, en acatamiento a lo previsto artículo 98 del Decreto Nº 2.173 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.220 Extraordinario, de fecha 15 de marzo de 2016, notifíquese del contenido de este fallo a la ciudadana Procuradora General del estado Bolivariano de Aragua, bajo Oficio, remitiendo copia certificada del mismo. Líbrese oficio.-